El caso ocurrió en el municipio de Palmar de Varela, en el departamento de Atlántico.
Los casos de asesinatos entre familiares suele conmocionar a las comunidades en que ocurren, pero el que se hecho público en los últimos días tiene con gran conmoción a todo el país. El caso se presentó en el municipio de Palmar de Varela en el departamento de Atlántico e involucra a una mujer que asesinó a sus tres hijos en su propia casa.
Los hechos se desataron el pasado 18 de febrero de 2015, cuando la mujer habría cometido el terrible hecho en la casa en la que vivía con su novio. el hombre llegó a casa sobre las 9:30 de la noche, descubriendo la terrible escena, luego de que la mujer cogió un cuchillo, degolló a sus tres hijos, uno a uno, en la habitación en la que dormía y además de esto, posteriormente, se cortó el cuello y las venas con la misma arma blanca.
Lo conmocionante del caso aperturó de inmediato una investigación en el marco judicial, que tras una investigación rigurosa terminó por determinar que la mujer, identificada con el nombre de Johana del Carmen Montoya Rosario, debía ser declarada como inimputable. Cabe mencionar que en dos instancias, la mujer había sido condenada a 60 años de prisión por el crimen agravado, pues se cometió contra población protegida, como son los niños y niñas.
Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia, luego de evaluar el caso de la mujer, se decantó por declararla inimputable, además de dictarle la medida de internación en centro psiquiátrico durante 20 años. La Corte determinó que Johana no podía recibir una condena en prisión pues fue abusada desde temprana edad, no tuvo educación y tampoco un tratamiento médico contra su trastorno esquizofectivo, el cual se trata de escuchar voces que la instaban a suicidarse.
Por tanto, la situación de la mujer determinaba que el crimen fue cometido en medio de un episodio psicótico detonado pues, días antes, había encontrado a su padre abusando sexualmente de uno de sus pequeños hijos.
La Corte Suprema, además aclaró que “actuó sin la capacidad de discernir el reproche de su proceder, porque en ese momento su facultad de interpretar el mundo y el sentido de sus acciones estaba sustancialmente enervada”, según dice la el documento del cual es ponente el magistrado José Francisco Acuña Vizcaya. A parte de declarar inimputable a la mujer, la Corte también dictaminó parámetros para hacer análisis con enfoque de género para situaciones de violencias normalizadas. Las instrucciones permiten establecer la relación de ese enfoque con la determinación de la inimputabilidad.