septiembre 4, 2023

Atención propietarios de perros: proyecto de ley endurecería castigos por ataques a personas y otros animales.

La iniciativa fue presentada por el senador de la Alianza Verde Jota P. Hernández. Contempla incluso el sacrificio del animal en caso de que la víctima sea un menor de edad.

El pasado mes de julio, el senador del partido Alianza Verde, Jota P. Hernández, radicó un proyecto de ley que hasta ahora había pasado de agache para la opinión pública.

La iniciativa recibió el nombre de “Un bozal que salva vidas” y pretende modificar el Código de Seguridad y de Convivencia Ciudadana del país para actualizar la reglamentación de la tenencia, custodia, cuidado y propiedad de caninos especiales.

Esto, dice el proyecto de ley, tiene la finalidad de “prevenir ataques violentos y agresivos, y así proteger la vida, integridad y seguridad de los ciudadanos y animales, en especial de los niños, niñas y adolescentes”.

La principal modificación que pretende incursionar el senador Verde a la norma de Seguridad y Convivencia Ciudadana es que determinadas razas de animales estén obligadas a usar una correa corta y un bozal en espacios públicos. A estas razas objeto de la nueva ley, se les denomina “caninos de manejo especial”.

De acuerdo con el Proyecto de Ley, estos caninos de manejo especial son aquellos que cumplen con al menos una de las siguientes características:

1. Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros animales.

2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

3. Caninos que pertenecen a una de estas razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo Burdeos, Fila Brasileño, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, De Presa Canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier y Tosa Japonés.

Además de los requisitos de llevar una correa de no más de 150 cm de largo y de un bozal en espacios públicos, este Proyecto de Ley estipula que los propietarios de estos animales deberán registrar a sus mascotas en un censo específico, donde proporcionarán información detallada como nombre, identificación, datos de contacto, descripción del animal y lugar de residencia, entre otros.

Para registrar estos animales, sus propietarios deberán cumplir con algunas condiciones, tales como ser mayores de edad, contribuir con una póliza de responsabilidad civil que cubra posibles indemnizaciones por daños, presentar el registro de vacunas, certificados de sanidad y aptitud física y mental del dueño, implementar un microchip o sistema de georreferenciación, esterilizar al animal y demostrar que se encuentra en condiciones óptimas de salud. Este registro deberá ser renovado de manera anual.

“Estamos viendo que niños, jóvenes, adultos mayores están siendo asesinados o sus rostros desfigurados por un ataque de un perro. Por eso queremos modificar esa normal del código de convivencia y volverla más rigurosa. Colocarle una responsabilidad directa al propietario para que sí o sí tengan que ponerle el bozal al perro cuando los saque a las calles”, detalló el senador Hernández.

De acuerdo con la iniciativa legislativa, cada dueño solo podrá registrar a un canino de manejo especial, y estos animales deberán llevar una identificación y una placa que los identifique claramente. En caso de fallecimiento del animal, el dueño deberá notificar a la alcaldía correspondiente para cancelar el registro.

Adicionalmente, si se realiza una donación o compra de un perro con estas características, esto deberá ser debidamente registrado en el censo, y el nuevo propietario deberá llevar a cabo un nuevo registro.

Asimismo, el Proyecto de Ley prohíbe la importación y cría de caninos de manejo especial de las razas mencionadas previamente, a excepción de aquellos animales que prestan servicios en la fuerza pública o en servicios de seguridad.

Por último, en el caso de ataques de estos perros a ciudadanos, se establece que los propietarios serán responsables por todos los daños causados. En situaciones donde la víctima sea un menor de edad, se contempla la medida de sacrificio eutanásico del animal.

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